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El dominio público en México y otras curiosidades



El dominio público se refiere a la situación legal de todas esas obras cuyos derechos de autor, salvo los morales, han terminado y, por lo tanto, se pueden usar directamente sin tener que pedir permiso a titulares o herederos.


¿Cuándo entran las obras en el dominio público?

La cuestión suele ser cuándo las obras entran en el dominio público. Y aquí las cosas se ponen interesantes porque no existe un único plazo universal en todos los países, y de hecho, a lo largo de los años estos plazos han cambiado a nivel global o país por país siendo algunos cambios retroactivos y otros no.


En general y según establece la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual, el plazo mínimo actual serían 50 años pero cada nación puede, si lo desea, ampliar estos plazos.

Es por esto que nos encontramos con casos bastante extremos, llegando a tener países con un 100% más de años de protección.


El caso de México vs otras naciones

En México, las obras entran en el dominio público 100 años después de la muerte de su autor o de la fecha en que se dieron a conocer en el caso de obras póstumas. Este plazo es uno de los más amplios del mundo. Además la determinación de si una obra está en dominio público se complica más ya que ha habido diferentes plazos de protección a lo largo de la historia de México, incluyendo periodos de 20, 25, 30, 50, 75 y 100 años, dependiendo de la época y la naturaleza de la obra.




Por el contrario existen países donde el plazo para que una obra entre en dominio público es de 50 años después de la muerte del autor. Algunos ejemplos son Canadá, El Salvador y Panamá. En estos países, las obras atribuibles entran en dominio público 50 años después de la muerte de los autores.

Para Estados Unidos, las obras publicadas entre 1926 y 1963 con derechos renovados entran en dominio público 95 años después de su publicación; en otros casos, 70 años después de la muerte del autor. Finalmente, en España, las obras de autores fallecidos antes del 7 de diciembre de 1987 entran en dominio público 80 años después de su muerte, y para los fallecidos después de esa fecha, el plazo es de 70 años.


El desafío

Determinar qué obras están en el dominio público puede llegar a ser un auténtico desafío sobre todo porque puede ocurrir que algo sí esté en el dominio público en un país pero no en otro. Es decir, si una obra entra en el dominio público a los 50 años en Canadá, en México no entrará hasta otros 50 años después. Entonces ¿podemos estar seguros en asumir que si el autor ha fallecido hace 100 años es seguro que estará en el domino público? Bueno, realmente no del todo, porque como hemos dicho en México, por ejemplo, se aplica el periodo a partir del momento de ser conocidas en caso de obras póstumas.

No sólo eso, normalmente traducciones o ediciones modernas de obras cuya versión original está en el domino público pueden estar sujetas a derechos de autor por lo que se puede usar será, en todo caso, la obra original, pudiendo tratarse de obras publicadas hace 100 años o más.


Conclusión

El dominio público es el periodo más largo de la existencia de una obra, pero no comienza hasta bastantes décadas después de la muerte del autor o de la publicación de la obra. Este dominio es ingente pero a veces muy difícil de definir o entender cómo se puede usar o acceder a él por lo que es importante mejorar su funcionamiento. Siempre conviene consultar con expertos o tener claras las fechas y ediciones de obras, para, dependiendo de la legislación, saber cómo actuar en cada caso.


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